Preguntas Generales

Ofrecemos soluciones completas de producción y postproducción para largometrajes, series de televisión, comerciales, documentales, vídeos musicales, reality shows y sesiones de fotografía y moda. También ofrecemos alquiler de equipos (incluyendo drones y filmación submarina), flotas de vehículos y asistencia completa para la obtención de permisos.

Operamos desde dos oficinas principales en Tenerife y Londres.

Nos centramos en producciones en las Islas Canarias, España peninsular, Portugal y Marruecos.

Trabajamos en una amplia gama de proyectos, incluyendo largometrajes, series, comerciales, vídeos musicales, documentales, reality shows, especiales de TV, vídeos corporativos y sesiones fotográficas.

Nuestros productores ejecutivos, Gadi Cimand y Chen Cimand, cuentan cada uno con más de 25 años de experiencia. Juntos hemos ejecutado con éxito más de 15 años de producciones en Canarias, incluyendo 20 largometrajes, series, reality films y documentales, y más de 300 producciones en las Islas Canarias, Marruecos, Portugal y otros lugares.

Valoramos la transparencia, la seguridad, la legalidad y mantener un entorno de trabajo positivo.

Se nos puede contactar via:

Ubicación Email Teléfono
Tenerife info@canary-productions.com +34 617 58 72 35
Londres (UK) info@canary-productions.com +44 7414 498 971

Preguntas específicas por ubicación

Las Islas Canarias ofrecen:

Paisajes extremadamente diversos: playas, terrenos volcánicos, desiertos, bosques, arquitectura urbana y rural.

Excelente clima durante todo el año.

Generosos incentivos fiscales.

Sí — la filmación con fines comerciales requiere permisos para todo tipo de localizaciones y nos encargamos de toda la logística.

Sí — ofrecemos servicios completos de scouting, proporcionando acceso a la gran variedad natural y arquitectónica de las Islas.

Disfrutamos de un clima templado y estable durante todo el año, ideal para producciones al aire libre.

Sobre trabajar con nosotros

Recibimos propuestas y solicitudes a través del formulario de contacto de nuestra web y de la sección “Quote / References”.

Solicitamos una descripción clara del proyecto, alcance del trabajo (formato, duración, entregables), necesidades específicas (equipos, talento, localizaciones) y plazos deseados.

Sí — gestionamos seguros de producción si se solicitan.

Adaptamos nuestros servicios al presupuesto, ofreciendo opciones transparentes y ajustes según sea necesario.

Nuestros servicios incluyen:

  • Soporte completo de producción y postproducción.

  • Alquiler de equipos: cámaras, drones, equipos submarinos.

  • Flotas de vehículos.

  • Equipo técnico, elenco, modelos y logística.

  • Scouting de localizaciones y permisos.

  • Coordinación de producción in situ.

Pueden aplicarse cargos adicionales por:

  • Retrasos por condiciones meteorológicas.

  • Enfermedad de actores sin documentación.

  • Seguro de riesgo internacional.

  • Horas extra.

  • Permisos especiales no incluidos originalmente.

Seguimos tarifas y políticas de horas extra estándar de la industria, detalladas durante el contrato y el presupuesto.

Sí, siempre cumpliendo con la normativa local: limitación de horas de trabajo, permisos requeridos y protocolos de tutela legal.

Existen incentivos fiscales significativos que van del 45–50%, y hasta un 54% para gastos superiores a 1,9 millones de € en el primer millón de euros. Las producciones que utilizan un servicio local se benefician de un 0% de IGIC (equivalente local al IVA).

Nuestro portafolio se encuentra en las secciones “Films & Series”, “Commercials & TVCs”, “Television & Reality Shows / Documentaries”, “Photo & Fashion” y “Projects” de nuestra web.

Información más detallada está disponible en nuestras secciones “How We Work” y “Quote / References”.

Contacto y Comunicación

La mejor manera es usar el mismo canal por el que se envió la solicitud — formulario web o correo electrónico. Contactar con nuestras oficinas de Tenerife o Londres también funciona.

Nos enorgullecemos de una comunicación rápida y profesional, anticipándonos a las necesidades del cliente.

Incentivo Fiscal para Cine en Canarias

  1. Para beneficiarse del incentivo fiscal cinematográfico de Canarias, las productoras extranjeras generalmente necesitan:

    • Contratar una Compañía de Servicios Canaria: Contratar una empresa de servicios de producción residente fiscal en Canarias. Esta empresa local actúa como la entidad legal que incurre en el gasto elegible y genera el reembolso fiscal.

    • Obtener un Certificado Cultural (ICAA): El proyecto debe obtener un Certificado Cultural del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), cumpliendo criterios culturales y artísticos específicos, generalmente mediante un sistema de puntos.

    • Obtener un Certificado Canario: Obtener el Certificado Canario de Producción Audiovisual, emitido por el Gobierno de Canarias, confirmando que el proyecto cumple con los requisitos regionales.

    • Gasto Local Mínimo:

      • Para largometrajes y series live-action: un gasto elegible mínimo de €1.000.000 en Canarias.

      • Para obras de animación: un gasto elegible mínimo de €200.000 en Canarias.

    • Gasto Elegible Máximo: El gasto elegible no puede superar el 80% del coste total de producción de la obra.

    • Presupuesto Total Mínimo del Proyecto: El presupuesto global de la producción debe ser de al menos €2.000.000.

    • Requisitos de Créditos: Incluir mención específica del incentivo fiscal, la Film Commission correspondiente, Gobierno/Gobierno Regional y locaciones de filmación en los créditos finales de la producción.

Sí, una película 100% estadounidense (o cualquier otra producción extranjera) puede calificar para el reembolso fiscal de Canarias sin requerir participación financiera o creativa directa española en el sentido tradicional de una coproducción. El incentivo está diseñado para atraer producciones internacionales que utilicen servicios de producción españoles (y específicamente canarios). Algunos “puntos culturales” para el certificado ICAA podrían asignarse por personal o elenco de la UE/EEE, pero la elegibilidad principal depende de contratar una compañía de servicios canaria y generar un gasto local significativo.

Las Islas Canarias ofrecen uno de los reembolsos fiscales cinematográficos más competitivos de Europa:

50% sobre el primer €1.000.000 de gasto elegible incurrido en Canarias.

45% sobre el gasto elegible restante en Canarias.

Este porcentaje puede aumentar hasta 54% sobre el primer €1.000.000 de gasto elegible si el gasto total elegible en Canarias supera €1.900.000.

Sí, existen umbrales específicos:

  • Presupuesto total mínimo de producción: al menos €2.000.000.

  • Gasto elegible mínimo en Canarias:

    • €1.000.000 para largometrajes y series live-action.

    • €200.000 para obras de animación.

  • Monto máximo de reembolso fiscal por proyecto:

    • Hasta €36.000.000 para largometrajes.

    • Hasta €18.000.000 por episodio de series.

No, generalmente ya no existe un límite anual sobre el total de incentivos fiscales que se pueden conceder a todos los proyectos. Esto permite atraer y albergar producciones numerosas y de mayor presupuesto sin estar limitado por un techo anual global. El incentivo se basa en la demanda y el gasto elegible.

Sí, Canarias tiene un régimen económico y fiscal único (REF) dentro de España, que ofrece varias ventajas fiscales adicionales:

  • IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) en lugar de IVA: La tasa estándar es 7%, mucho menor que el 21% de España peninsular. Para la mayoría de servicios audiovisuales (excepto comerciales), puede aplicarse un IGIC del 0%, sujeto a autorización previa de la Agencia Tributaria Canaria.

  • Zona Especial Canaria (ZEC): Empresas en este marco pueden beneficiarse de un impuesto de sociedades reducido del 4%, cumpliendo requisitos de inversión y creación de empleo.

  • Reserva para Inversiones en Canarias (RIC): Permite reducir hasta 90% de la base del impuesto sobre sociedades sobre beneficios no distribuidos, si se reinvierten en ciertos activos en Canarias.

  • Bonificaciones en la Seguridad Social: Beneficios y reducciones potenciales por contratar personal local.

Modelos de Producción Cinematográfica en Canarias: Servicio vs. Coproducción

Esta tabla describe las diferencias clave entre dos formas comunes en que los productores internacionales pueden trabajar con empresas canarias para beneficiarse del incentivo fiscal. La mayoría de los productores internacionales consideran que el modelo de "Producción por Servicio" es el más ventajoso para acceder al incentivo fiscal de manera eficiente, manteniendo el control creativo.

Producción por Servicio/Extranjera con Empresa Canaria (Más Común para Productores Internacionales), Artículo 36.2 Coproducción con Empresa Canaria (Menos Común para Acceso Solo al Incentivo), Artículo 36.1
Tipo de Modelo La productora extranjera contrata a una empresa local canaria como proveedor de servicios. Se forma una alianza formal (financiera y/o creativa) entre la empresa extranjera y la canaria.
Estatus Legal La empresa canaria actúa como proveedor o contratista local para el productor extranjero. Es la entidad que incurre en los gastos elegibles. Ambas empresas participan legalmente en la propiedad y ejecución del proyecto, compartiendo a menudo la propiedad intelectual.
Control del Proyecto El control creativo y financiero completo generalmente permanece con el productor internacional. La empresa canaria ejecuta el plan de producción. Control creativo y financiero compartido, según el acuerdo de coproducción y los tratados internacionales.
Acceso al Incentivo Fiscal La empresa canaria genera la deducción fiscal basada en su gasto local, que luego se transfiere al productor extranjero mediante contrato. Cada coproductor se beneficia de la deducción/reembolso fiscal según su porcentaje de participación y gastos elegibles.
Nacionalidad Española La película generalmente no adquiere nacionalidad española, salvo que sea requerido o deseado por otras razones (por ejemplo, fondos nacionales). La película normalmente adquiere nacionalidad española, lo que puede abrir acceso a subvenciones nacionales adicionales pero añade complejidad.
Complejidad Generalmente más sencillo legal y administrativamente, ya que es una relación cliente-proveedor. Estructuras legales y financieras más complejas, requiriendo cumplir tratados de coproducción y criterios culturales.
Riesgo y Propiedad El productor internacional mantiene el riesgo y la propiedad principal de la película. Riesgo y propiedad compartidos según el acuerdo de coproducción.
Interés del Productor Extranjero Alto – Preferido para maximizar el incentivo fiscal con mínima interferencia operativa y creativa. Menor – Elegido cuando la colaboración creativa, riesgo compartido o acceso a fondos nacionales españoles son objetivos principales además del incentivo fiscal.
Monto del Incentivo Fiscal 50% sobre los primeros €1,000,000 de gasto local elegible. 45% sobre el resto del gasto elegible. Puede subir a 54% sobre los primeros €1,000,000 si el gasto local supera €1,900,000. 50% sobre los primeros €1,000,000 de la inversión elegible del coproductor español. 45% sobre el resto. También puede alcanzar 54% sobre los primeros €1,000,000 bajo condiciones específicas.
Presupuesto Mínimo Global €2,000,000 para el presupuesto total de producción global. No se requiere presupuesto mínimo específico
Gasto Local Elegible Mínimo €1,000,000 para largometrajes/series de acción real en Canarias. €200,000 para obras de animación en Canarias. No hay gasto elegible mínimo específico. Al menos el 50% de la base de deducción (gasto elegible) debe corresponder a gastos realizados en territorio español/canario.
Máximo del Incentivo Fiscal Hasta €36,000,000 para largometrajes. Hasta €18,000,000 por episodio para series. Hasta €36,000,000 para largometrajes. Hasta €18,000,000 por episodio para series.
Gasto Elegible Máximo (% del Total) El gasto elegible no puede superar el 80% del costo total de producción. El gasto elegible no puede superar el 80% del costo total de producción para la parte española.
Contribución Financiera Mínima del Coproductor Canario N/A (no aplica, ya que es un acuerdo de servicios). Para coproducciones financieras, la contribución del coproductor canario debe ser no menos del 10% y no más del 25% del costo de producción. Para coproducciones generales, la contribución debe superar el 20%.
Términos Financieros Estructura clara de honorarios por servicios. El productor internacional paga a la empresa canaria por sus servicios, y la deducción se incorpora en este pago o se transfiere por separado. No hay inversión directa del productor internacional en el capital de la empresa canaria. Contribución financiera directa de ambos coproductores al presupuesto del proyecto. Las ganancias (si las hay) y pérdidas se comparten según porcentajes de participación. Se requieren cuentas auditadas para cada coproductor para verificar sus contribuciones respectivas.
Estructura de Financiamiento Principalmente financiado por el productor extranjero, con la deducción fiscal reduciendo el costo total del gasto local. A menudo implica esfuerzos de financiación compartidos de ambos coproductores. Cada coproductor puede solicitar fondos de sus fuentes nacionales y regionales respectivas (por ejemplo, el coproductor canario/español puede solicitar subvenciones regionales y nacionales, lo que no puede hacer una producción por servicio).
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